¿Qué pasa con el presupuesto participativo?
En el seno del Concejo Municipal se está tratando el proyecto 261-25 que busca modificar algunos artículos referidos al Presupuesto Participativo, que se incluye dentro de la ordenanza 1611-CM-2006.
Desde las Juntas del Oeste se reclamó en el mes de enero del 2025 al Poder Ejecutivo, la puesta en marcha de esta modalidad, sin obtener respuesta. Luego, al presentarse en febrero este proyecto de modificación en el Concejo Municipal, se envió una nota en el mes de marzo pidiendo que las juntas del oeste sean parte de las instancias de debate sobre este tema.
Recién el lunes 07 de julio, la comisión de Economía extendió una invitación para que integrantes de las juntas vecinales puedan participar de dicha instancia.
¿Qué es el Presupuesto Participativo?
Es una herramienta de participación ciudadana que busca que la propia ciudadanía se involucre en las decisiones en sus territorios, con la planificación y concreción de obras con consenso vecinal. Todos los años, el Poder Ejecutivo tiene la obligación de destinar fondos para tal fin, pero hace años que no convoca a la conformación del Consejo de Presupuesto Participativo, lo que genera la pérdida de esos recursos que se materializarían en obras o mejoras de los barrios, con el involucramiento directo de quienes serían sus usuarios directos.
¿Qué cambios plantea el proyecto presentado a los artículos del Presupuesto Participativo?
El proyecto 261-25 plantea la modificación de algunos de los artículos del Presupuesto Participativo de la Ordenanza 1611-CM-2006. A continuación se detallan los cambios que se introducen:
1. Inclusión de la Delegación Catedral
- Original (Art. 47°): Solo contemplaba 5 delegaciones (Pampa de Huenuleo, Centro, El Cóndor, Cerro Otto, Puerto Moreno).
- Modificación (Art. 47°): Agrega Delegación Catedral, totalizando 6 zonas.
2. Objetivos del Programa (Art. 46°)
- Original:
- Incluía objetivos como participación ciudadana, control municipal y justicia social.
- Modificación:
- Añade:
- Promoción de empleo local (contratación de cooperativas).
- Mejora en el cumplimiento tributario (inciso *e*).
- Obras pequeñas de infraestructura para calidad de vida (inciso *h*).
- Añade:
3. Asignación Presupuestaria (Art. 49°)
- Original:
- Estimación anual antes del 30 de septiembre, con mínimo del 7% de ciertas partidas.
- No detallaba etapas ni plazos claros.
- Modificación:
- Establece 3 etapas definidas:
- Presentación de proyectos (1 marzo – 30 junio).
- Evaluación por la Intermesa de Concertación Barrial (1 julio – 30 agosto).
- Informe ejecutivo antes del 30 de septiembre.
- Establece 3 etapas definidas:
4. Distribución de Recursos (Art. 50°)
- Original:
- 50% en partes iguales para las 5 delegaciones.
- 50% según criterios de equidad (datos socioeconómicos).
- Modificación:
- 100% distribuido en partes iguales entre las 6 delegaciones (elimina el criterio de equidad basado en datos).
5. Composición del Consejo (Art. 52°)
- Original:
- 1 consejero por zona + 2 representantes del Ejecutivo + 2 concejales.
- Presidido por el Ejecutivo.
- Modificación:
- Añade:
- Presidentes de juntas vecinales.
- Representante vecinal electo por la Intermesa de Concertación Barrial.
- Requiere actas formales y logística municipal.
- Añade:
- 6. Mecanismos de Participación
- Modificación:
Vincula explícitamente las Mesas de Concertación Barrial (Ordenanza 2128-CM-16) como espacios para presentación y elección de proyectos.